¡El día ha llegado! . Has decidido comenzar a emprender y tienes en mente el negocio de tus sueños. Consigues a los proveedores, el lugar donde abrirás tu local e incluso se te ha ocurrido el nombre que le pondrás a tu emprendimiento. Pero, ¡oh oh! Te han dicho que antes de abrir tu comercio, necesitas decidir entre ser persona natural y jurídica para hacerlo .
Esta decisión es muy importante, pues será tu carta de presentación ante el mundo de los negocios y de la tributación. Cada una cuenta con ventajas y responsabilidades distintas. ¡Pero no te preocupes! Es normal no saber cuál escoger a primera instancia. Por eso, hoy te contaremos la diferencia entre persona natural y jurídica, los beneficios de cada una, qué documentos necesitas para registrarte y mucho más, ¡sigue leyendo!
¿Qué es una persona natural y jurídica?
Según una encuesta realizada por el Instituto de Estudios Peruanos (IEP), el 40% de la población planea constituir una empresa; sin embargo, el 47% señala que no es sencillo.
Esta percepción negativa sobre las facilidades para iniciar un emprendimiento puede desmotivar a las personas a cumplir sus sueños. ¡Pero verás que es papayita ! Uno de los primeros pasos que debes dar es elegir entre abrir tu empresa como persona natural o jurídica.
Échale un ojito a la definición de persona jurídica y natural .
¿Qué es una persona natural?
Saber qué significa persona natural es sencillo. Según el Gobierno del Perú, una persona natural es alguien que ejerce derechos y cumple obligaciones personalmente.
Lo anterior implica que asume todas las responsabilidades y garantías con su propio patrimonio y bienes para pagar las deudas u obligaciones de la empresa. Puede realizar cualquier actividad económica, cumpliendo los requisitos necesarios.
¿Qué es una persona jurídica en Perú?
Por otro lado, una persona jurídica es una entidad formada por una o más personas, que representan a la empresa creada por ellos. La compañía, en este caso, asume las obligaciones y no quien la creó.
En este caso, las deudas y compromisos están limitados a los bienes registrados en la entidad, garantizando que no afecten el patrimonio personal de nadie.
¿Cómo abrir un negocio como persona natural?
Una de las opciones para comenzar tu emprendimiento es hacerlo como persona natural. Esta es una de las alternativas más comunes entre los peruanos, debido a la facilidad de registro.
¿Qué es una persona natural con negocio?
Una persona natural con negocio puede contar con una tienda física y tiene la responsabilidad de asumir todas las obligaciones del mismo, es decir, el pago de deudas y cualquier otra obligación que garantice con su patrimonio.
Mira este video y regístrate como persona natural con negocio al toque:
¿Qué documentos son necesarios para registrarme como persona natural ante la Sunat?
Puedes realizar este trámite de dos formas: online o presencial. Cada modalidad cuenta con distintos requisitos.
Nosotros te damos el dato y tú escoge cuál te conviene más :
1. Si lo haces por Sunat Virtual o el App Personas necesitarás:
- DNI, número de celular y correo electrónico.
- Fecha de inicio de actividades económicas. Si es por APP Personas, esta fecha será la misma que la de inscripción.
- Domicilio fiscal indicado en DNI. Si es distinta, la Sunat podrá verificar posteriormente la veracidad de esta información.
- Actividad económica principal en función a la lista CIIU.
- Código de Profesión u oficio, si eres contribuyente de renta de cuarta categoría.
- Régimen tributario, si eres persona natural con negocio: NRUS, Régimen Especial, Mype Tributario o Régimen General. Puedes revisar también un afiche resumen de estos regímenes.
2. Si lo haces presencialmente necesitarás:
- DNI, carnet de Extranjería, carnet de Identidad emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, carnet de Permiso Temporal de Permanencia o pasaporte con calidad migratoria, para la generación de renta de fuente peruana.
- DNI de representante legal, si un tutor o curador realiza el trámite.
- Si un tercero realiza el trámite: carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la Sunat, con autorización expresa para realizar la inscripción en el RUC.
- Si la dirección a registrar es distinta a la del DNI: cualquier documento privado o público en que figure dicho domicilio fiscal.
- Formulario 2119.
- Acta o partida de matrimonio civil, solo si el tipo de contribuyente es sociedad conyugal.
- Partida o acta de defunción del fallecido, si el tipo de contribuyente es sucesión indivisa.
#EmprendeTip: recuerda que puedes acercarte a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) de la Sunat, a la dependencia de la Sunat que corresponda a tu domicilio fiscal o con cita previa a los Centros MAC Piura, MAC Ventanilla, MAC Lima Este, MAC Lima Norte y MAC Callao, con los requisitos.
¿Cuáles son las obligaciones fiscales de una persona natural en Perú?
Si eres persona natural tienes la obligación de presentar la declaración y pago mensual por los ingresos (renta de tercera categoría), que generes al realizar tu actividad empresarial.
Recuerda que debes hacerlo de acuerdo al último dígito de tu número de RUC y el cronograma de vencimiento aprobado por la Sunat.
Al momento de pagar tus tributos mensuales ten en cuenta el Régimen Tributario al que te acogiste por tu actividad empresarial:
La declaración y pago de impuestos de tercera categoría se aplica a aquellos en el Régimen General o el Régimen MYPE Tributario. Este impuesto se calcula anualmente, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
Es necesario seguir el cronograma de vencimientos de Impuesto a la Renta e ITF aprobado por la Sunat y las disposiciones anuales publicadas.
#EmprendeDato: ¡ojito con no cumplir con la presentación de declaraciones! La Sunat puede aplicar las sanciones pertinentes según el Código Tributario.
¿Cómo se declaran los impuestos para una persona natural en Perú?
Las declaraciones y pagos dependerán del tipo de categoría en el que te encuentres:
Primera categoría
Esta declaración le permite al propietario (o arrendatario) informar a la administración tributaria sobre los ingresos generados por el alquiler de propiedades. Además, sirve para calcular el impuesto mensual que debe pagar por este concepto. Con este trámite también estás presentando la declaración jurada.
✅Requisitos
- Clave SOL.
- Tipo de bien (predio o inmueble u otros).
- Monto del alquiler (en nuevos soles).
- Tipo y número de documento de identidad del inquilino.
Hazlo online:
- Ingresa a la web con tu usuario y Clave SOL.
- Selecciona y completa el formulario de arrendamiento, así como la información requerida por el sistema.
- Elige la opción “Agregar bandeja” y, luego, la opción de pago:
- Cargo en cuenta bancaria: escoge el banco con el cual tienes un convenio de afiliación para el servicio de pago de tributos.
- Tarjeta de crédito o débito: puedes seleccionar entre tarjeta Visa, Mastercard, American Express o Diners Club International. Si la tarjeta es Visa, debe estar afiliada a Verified by Visa.
Por último, el sistema generará automáticamente la constancia de declaración y pago: Formulario Virtual N° 1683 – Impuesto a la Renta Primera Categoría, con la información declarada. Después, puedes entregar un ejemplar impreso al inquilino (arrendatario) o enviarlo a su correo electrónico.
También puedes hacerlo presencialmente
- Realiza el pago
- Ve a un banco o agente autorizado y paga la tasa del 5% del ingreso que generaste por la renta de primera categoría. Luego, brinda esta información: número de RUC, mes y año, tipo y número de documento de identidad del inquilino, tipo de bien y monto del alquiler.
- También puedes emplear la Guía de arrendamiento para realizar el trámite.
- Recibe tu constancia
- Al finalizar el trámite el banco te entregará una constancia del pago (Formulario N° 1683 – Recibo de Arrendamiento), el cual debes entregar en original al inquilino.
Segunda categoría
Este tipo de declaración sirve para determinar el impuesto que debes pagar mensualmente por cada ingreso que generes mediante una acción comercial.
La tasa del impuesto es del 5% sobre la ganancia obtenida. Este trámite se realiza hasta el mes siguiente de haber recibido el ingreso, de acuerdo a tu último dígito RUC, según el cronograma de obligaciones mensuales de la Sunat, registrando como periodo tributario el mes en que percibiste el ingreso.
Recuerda que, en este caso, no tienes que presentar declaración jurada anual ni pago de regularización.
✅Requisitos
- Clave SOL.
- Datos como: valor de venta y de adquisición del inmueble, y mes en que percibiste el ingreso por la venta.
Hazlo online:
- Ingresa a la web con tu usuario y Clave SOL.
- Llena el formulario Renta Segunda Categoría, completa la información requerida por el sistema y elegir “Agregar Bandeja”.
- Luego, selecciona una opción de pago:
- Cargo en cuenta bancaria: escoge el banco con el cual tienes un convenio de afiliación para el servicio de pago de tributos.
- Tarjeta de crédito o débito: selecciona la tarjeta Visa, Mastercard, American Express o Diners Club International. Si la tarjeta es Visa, debe estar afiliada a Verified by Visa.
- NPS – Número de Pago Sunat: genéralo en el sistema y paga en la página web del BCP, Banco de Comercio, GNB o Scotiabank, o en sus respectivos aplicativos.
Por último, el sistema generará automáticamente la constancia de declaración y pago: Formulario Virtual N° 1665 – Impuesto a la Renta Segunda Categoría, con la información declarada.
También puedes hacerlo presencialmente:
- Realiza el pago
- Acércate al banco o agente autorizado y entrega la siguiente información: número de RUC, periodo tributario (mes y año) correspondiente al mes en que percibiste dicho ingreso, código de tributo 3021 (Renta de segunda categoría – cuenta propia) e importe a pagar.
- También puedes llenar el Formulario N° 1662 – Boleta de Pago (Sistema Pago Fácil) entregándolo con los datos completos. Si generaste un NPS, solo debes acudir a una agencia bancaria del Scotiabank, Interbank, BBVA, BCP, Banco de la Nación, BanBif o Banco de Comercio. También puedes hacerlo en los Agentes BCP y Agentes MultiRed del Banco de la Nación.
- Recibe tu constancia
- Al finalizar el trámite, el banco te entregará una constancia del pago (Formulario N° 1662 – Boleta de Pago), con la información declarada.
Cuarta categoría
Es aplicable a los trabajadores independientes que prestan un servicio y necesitan informar a la Administración Tributaria sobre los ingresos que perciben, así como para determinar el impuesto que deben pagar mensualmente por dicho concepto.
Importante: si los importes que percibes están dentro del rango exceptuado por la Sunat, no estás obligado a declarar. La tasa de retención es del 8% sobre los ingresos percibidos. Además, si presentas el PDT N° 616 sin importe a pagar (pago 00), debes presentarlo solamente por Internet con tu Clave SOL.
✅Requisitos
- Clave SOL.
Hazlo online:
- Ingresa a la web con tu usuario y Clave SOL.
- Selecciona PDT 616 – Trabajadores Independientes o Formulario Virtual N° 616 – Trabajadores Independientes, completa la información requerida por el sistema y elige la opción “Agregar bandeja”.
- Luego, selecciona la opción de pago electrónico. Con la información anterior, el sistema generará automáticamente la constancia de declaración y pago.
También puedes hacerlo presencialmente:
- Realiza el pago
- Acércate al banco o agente autorizado y entrega la siguiente información: número de RUC, periodo tributario (mes y año) correspondiente al mes en que percibiste dicho ingreso, código de tributo 3041 (Renta de cuarta categoría – cuenta propia), importe a pagar.
- También puedes realizar el pago con el Formulario N° 1662 – Boleta de Pago (Sistema Pago Fácil), el cual debes entregar con los datos completos.
- Recibe tu constancia
- Por último, el banco te entregará una constancia del pago (Formulario N° 1662 – Boleta de Pago), con la información declarada.
Quinta categoría
En este caso, la declaración y pago del impuesto es realizada por el empleador de manera mensual y lo lleva a cabo mediante la Planilla Electrónica – PLAME. Si eres trabajador en planilla, el encargado de recursos humanos retendrá una parte de tu remuneración por concepto del impuesto a la renta de quinta categoría, cuando superes un determinado monto de ingresos.
Conoce cuáles son los regímenes tributarios para formalizar tu pyme.
¿Cómo abrir un negocio como persona jurídica?
Si tienes un proyecto más grande en el que se verán involucrados socios, entonces necesitas abrir tu empresa como una persona jurídica. ¡Aquí aprenderás todo! Sigue leyendo .
¿Qué puede hacer una persona jurídica?
Entre las actividades que puede realizar una persona jurídica, están:
Actividad | Descripción |
Constituir empresas | En diversas formas legales, como sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, entre otras. |
Realizar transacciones comerciales | Desde comprar, vender, poseer bienes raíces hasta realizar transacciones comerciales en nombre de la compañía. |
Celebrar contratos | Incluyendo acuerdos de compra y venta, arrendamiento, laborales, entre otros. |
Participar en litigios | Puedes ser parte en demandas legales, presentando y defendiendo casos en tribunales. |
Abrir cuentas bancarias | Y llevar a cabo transacciones financieras en nombre de la empresa. |
Representación legal | Por abogados y delegados legales en cuestiones jurídicas y administrativas. |
¿Te parece bacán todas las posibilidades como persona jurídica? Puedes romperla con las mejores 3 herramientas que toda persona jurídica y persona natural necesita para crecer .
¿Cuáles son los tipos de personas jurídicas?
Existen cinco tipos de personas jurídicas, presta atención a sus características y escoge la que más se acomode a tu proyecto:
Aprende más sobre los tipos de empresas que hay en Perú para que chambees en grande.
¿Cuáles son los pasos y requisitos para ser una persona jurídica?
✍ Chapa papel y lápiz y toma nota del proceso para constituir tu empresa como persona jurídica.
Paso 1: busca y reserva el nombre de tu empresa en la Sunarp
Si bien no es un trámite obligatorio, evitarás problemas en el futuro si alguien más se le ocurre el mismo nombre que a ti . Además, te facilitará la inscripción de tu compañía en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
✅ Requisitos
- DNI o pasaporte. Si el representante legal es extranjero, debe presentar su carnet de extranjería vigente.
- Formulario de solicitud de reserva de nombre de persona jurídica.
Antes de iniciar, debes saber
- Decide qué tipo de empresa formarás. Para ello, debes conocer las diferencias que existen entre cada clase, tales como: su organización, sus administradores y la forma como se conforma su capital.
#EmprendeTip: te puedes ayudar revisando el cuadro comparativo de tipos de razón social. Luego, busca de manera referencial y gratuita si el nombre que quieres para tu empresa está disponible. Y finalmente, registra tu empresa de manera online.
Puedes reservar tu nombre aquí. Luego, acércate a la Oficina Registral correspondiente al domicilio de la persona jurídica para presentarlo y efectuar el pago correspondiente. El costo del derecho de trámite es de S/24.60 en el 2024.
También puedes hacerlo presencialmente en solo 4 pasos:
- Acércate a la oficina registral de Sunarp más cercana o, cita previa, a los centros MAC Piura, MAC Lima Norte y MAC Callao y solicita un formato de búsqueda de índice. La tasa registral es de S/6.10 en el 2024 y el resultado se entrega en un promedio de 20 a 30 minutos.
- Decide qué tipo de empresa vas a constituir: para ayudarte a decidir, revisa el cuadro comparativo de tipos de razón social.
- Acércate a la Sunarp:presenta tu documento de identidad y el formulario de solicitud de reserva de nombre de persona jurídica lleno. Este formato te permite colocar tres opciones de nombres. Una vez que te dan una de las opciones, las demás quedan descartadas.
- Realiza el pago: deberás pagar S/24.60 por la reserva del nombre.
Paso 2: elaboración de Acto Constitutivo (Minuta):
Este documento sirve como pacto social para que los miembros de la sociedad manifiesten su voluntad de constituir la empresa, señalando todos los acuerdos respectivos.
✅Requisitos
- 2 copias del DNI de cada uno de los socios y cónyuges.
- Original y 2 copias del documento de búsqueda y reserva de nombre.
- Archivo (puede ser en PDF, Word o Excel) en un USB con el giro del negocio y la lista de bienes para el capital.
- Formato de declaración jurada y fecha de solicitud de constitución de empresas.
Hazlo al toque:
- Acércate a una notaría, Centro de Desarrollo Empresarial (CDE) o MAC: en cada caso deberás llevar los requisitos y solicitar el servicio de Elaboración de Acta Constitutiva.
- Si vas a una notaría: el costo y el tiempo de espera dependerán de la notaría que elijas.
- Si vas a un CDE: el tiempo aproximado es de 2 días hábiles.
- Si acudes a un MAC: el tiempo de espera dependerá del Centro MAC al que vayas.
Paso 3: abono de capital y bienes
Al momento de crear tu empresa necesitas aportar dinero o bienes que se acreditarán con un documento de entidad financiera, inscripción de transferencia o informe de valorización. Se recomienda tener al menos S/ 1,000 para abrir la cuenta, debido a los costos asociados.
✅Requisitos
- DNI, pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
- Formato de Acto Constitutivo.
2️⃣ Puedes hacerlo siguiendo uno de estas dos opciones
- Abre una cuenta en un banco: acércate al de tu preferencia y abre una cuenta que sirva para depositar el dinero que los socios quieran aportar a la empresa.
- Realiza un inventario de bienes: aquí podrás agregar la cantidad y costos de los bienes que está poniendo cada socio para la empresa.
Paso 4: elaboración de Escritura Pública
Después de redactar el acto constitutivo, debes llevarlo a una notaría. Un notario público lo revisará y lo convertirá en una escritura pública, confirmando su legalidad. Este documento debe ser firmado y sellado por el notario, así como por todos los participantes, incluyendo cónyuges si aplica.
✅ Requisitos
- DNI, pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
- Formato de acto constitutivo.
- Depósito o voucher de abono en dinero.
Hazlo al toque
- Acércate a una notaría: lleva todos los requisitos a la notaría y solicita el servicio de Elaboración de Escritura Pública para la Constitución de Empresa. El costo y el tiempo del trámite dependerán de la notaría que elijas.
Paso 5: inscripción de Registros Públicos
Esta parte queda en la cancha del notario . Una vez que tengas la escritura pública, deberás llevarla a la Sunarp para inscribir tu empresa en los registros públicos.
Inscripción al RUC para persona jurídica:
Puedes inscribir tu empresa en el RUC presencialmente con un representante legal o tercero autorizado, cumpliendo requisitos específicos.
✅ Requisitos
- Documento de identidad, puede ser: DNI, carnet de extranjería, carnet de identidad emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, carnet de Permiso Temporal de Permanencia o pasaporte con calidad migratoria, para la generación de renta de fuente peruana vigentes.
- Original de partida registral certificada (ficha o partida electrónica) por los Registros Públicos, con antigüedad no mayor a 30 días calendario.
- Original de documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal que se declara.
- Cumplir los requerimientos según el tipo de contribuyente a inscribir.
Si lo hace un tercero:
- DNI vigente o documento de identidad que corresponda. No es necesario exhibir el documento original o fotocopia del representante legal del RUC.
- Carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de Sunat, que la autorice expresamente a realizar la inscripción en el RUC.
- Formulario 2119.
- Formulario 2054.
- Formulario 2054-Anexo.
- Formulario 2046.
Sigue estos pasos:
- Acércate a la Sunat: ve a cualquier CSC y lleva contigo los requisitos.
- Obtén tu número de RUC: una vez que recibas el registro, te entregarán la ficha CIR (Comprobante de Información Registrada) debidamente sellada. Verifica que la información esté correcta.
Es importante que al recibir tu RUC, solicites también tu Clave SOL, para que puedas hacer trámites, transacciones y pagos en Sunat Virtual.
¿Cuáles son las obligaciones fiscales de una persona jurídica en Perú?
Al igual que con las personas naturales, las empresas constituidas como persona jurídica están obligadas a presentar la declaración y pago mensual por los ingresos generados. Esto se debe realizar según el último dígito de tu número de RUC y el cronograma de vencimiento aprobado por la Sunat.
Ten presente que deberás pagar tus tributos dependiendo del Régimen Tributario al que te acogiste.
¿Cómo se diferencia la responsabilidad de los socios o accionistas de una persona jurídica con respecto a sus operaciones y deudas?
Según la Ley General de Sociedades, los socios o accionistas deberán cumplir las siguientes obligaciones:
- Obligación de pago: de la cantidad que corresponde a su aportación en el plazo estipulado por la sociedad.
- Responsabilidad por pérdidas: según lo establecido en el pacto social o estatuto. En ausencia de pacto, es responsable en la misma proporción que los beneficios.
- Cumplir con las resoluciones de la Junta General de Accionistas.
¿Qué beneficios fiscales tiene una persona jurídica?
- Libertad legal para exponer tu marca: sin preocupaciones ante las autoridades.
- Oportunidad de crecimiento y empleo: podrás expandir tu negocio en todo el país, así como contratar una gran cantidad de empleados.
- Acceso a préstamos bancarios: y otros recursos financieros que pueden impulsar tu negocio.
- Contribución al ecosistema comercial: al formar parte del tejido empresarial del país, estarás contribuyendo al crecimiento económico y social, apoyando a emprendedores y empresarios que, como tú, buscan estabilidad y prosperidad.
¿Qué procedimiento se debe seguir en caso de disolución o liquidación de una persona jurídica?
En caso de que se lleve a cabo una disolución por acuerdo mutuo entre los accionistas, se deben seguir estos 3 pasos:
- Disolución
- El balance patrimonial de liquidación.
- El acuerdo de disolución en actas de la Junta General de Accionistas, señalando el reparto del patrimonio entre los socios.
- La elevación del acuerdo ante el notario.
- La presentación de la escritura de disolución y liquidación en el registro mercantil.
- Liquidación
- Llena la solicitud de inscripción del título de disolución.
- Presenta una copia certificada del acta de Junta General donde se acuerde la disolución y liquidación de la sociedad, así como el nombramiento del liquidador.
- Lleva el documento original o copia certificada por el notario de las publicaciones en los diarios del aviso de convocatoria en caso de sociedad anónima, sociedad anónima abierta y en aquellas que la ley o el estatuto establezca la convocatoria por publicación; o la constancia de convocatoria en caso de las SAC, SRL y otras en la que forma prevista por el artículo 76 del Reglamento del Registro de Sociedades, salvo que se trate de una junta universal (100% de los accionistas).
- Por último, presenta el documento original o copia certificada de las publicaciones en el diario oficial el Peruano del acuerdo de disolución y liquidación efectuadas al menos tres fechas consecutivas. En el caso de sociedades domiciliadas en Lima y Callao, las publicaciones se efectuarán en el diario oficial El Peruano, o en un diario de mayor circulación; en el caso de sociedades domiciliadas en provincias, la publicación se efectuará en el diario de mayor difusión, normalmente encargado de la publicidad de los avisos judiciales.
- Extinción en Registros Públicos
- Los socios deberán acercarse a las oficinas Registrales a nivel nacional y, en el área de orientación de la oficina registral, diligenciar el formulario “Solicitud de Inscripción de Título”, y presentar todos los documentos indicados en este.
- Deberán pagar el total de S/20.00. Se puede cancelar en las oficinas del Banco de la Nación, o por págalo.pe. Con la constancia de pago recibirán un código para darle seguimiento al trámite por Internet.
- La Sunarp tiene un plazo de 7 días hábiles para generar la inscripción del acta del Acuerdo de Disolución de la Sociedad y Nombramiento de Liquidador, así como para colocar el asiento respectivo en la partida registral de la empresa.
¿Cuál es la diferencia entre una persona natural y una jurídica?
¡Ojo, pestaña y ceja! . Si aún no la tienes clara, aquí te compartimos un cuadro comparativo de persona natural y jurídica:
Criterio | Persona Natural | Persona Jurídica |
Responsabilidad | Ilimitada; el dueño responde con su patrimonio personal. | Limitada; las deudas y compromisos están limitados a los bienes de la empresa. |
Flexibilidad | Menos trámites y regulaciones. | Más trámites y regulaciones. |
Registro y formalidades | Registro único de contribuyentes (RUC) necesario en Sunat. | Registro en Sunarp y otros específicos. |
Obligaciones financieras | Las deudas pueden afectar el patrimonio personal del dueño. | Las deudas y compromisos están garantizados por los bienes de la empresa. |
Acceso a créditos | Dificultad para acceder a créditos empresariales. | Acceso más fácil a créditos y préstamos empresariales. |
Clientes y mercado | Enfocado en clientes individuales y pequeños negocios. | Atrae clientes grandes y empresas, estableciendo una mayor reputación. |
Inversión de capital | Limitada a recursos personales. | Permite la entrada de inversionistas y socios para aumentar el capital. |
Transferibilidad | Difícil vender o transferir el negocio. | Más fácil vender o transferir la entidad. |
Desempeño en el mercado | Depende del dueño y sus recursos. | Puede crecer y prosperar más rápido debido a mayores recursos financieros. |
Disolución del negocio | Más complicada y personalmente afectante. | Proceso más estructurado y menos personal. |
Ventas y fusiones | Menos atractivo para posibles compradores o fusiones. | Más atractivo para inversionistas y compradores, facilitando las transacciones. |
Representación legal | El dueño representa la empresa legalmente. | La entidad tiene representación legal independiente del dueño. |
Sigue leyendo porque te compartiremos algunos ejemplos de persona natural y jurídica .
Ejemplos de persona natural
- Trabajadores dependientes de un empleador.
- Profesionales independientes que prestan sus servicios a más de una empresa.
- Trabajadores independientes que realizan sus labores por servicios digitales o físicos, consultorías y demás.
- Microempresarios que realizan todas sus actividades empresariales desde casa.
Ejemplo de persona jurídica
- Pymes en cualquier ramo.
- Grandes corporativos.
- Bancos e instituciones financieras.
- Instituciones sin fines de lucro.
¿Qué diferencia existe entre el RUC de una persona natural y el de una persona jurídica?
Ya te hemos hablado del RUC, pero ¿sabías que hay una diferencia entre el RUC de una persona natural y jurídica? Estos son los famosos RUC 10 y RUC 20 .
Aspecto | RUC 10 | RUC 20 |
Tipo de contribuyente | Personas naturales con negocio o sin negocio. | Personas jurídicas. |
Requisitos para obtención | No es necesario realizar una Escritura Pública. | Es necesario realizar una Escritura Pública de constitución. |
Tributación | Categoría de rentas de cuarta categoría. | Categoría de rentas de tercera categoría. |
Costo | Gratuito. | Tiene un costo. |
Trámite | Puede tramitarse a través del portal de la Sunat. | Puede tramitarse a través del portal de la Sunat. |
Entérate de cuáles son los requisitos que necesitas para obtener tu RUC:
¡Asu! Bravaza la maratón que nos dimos para aprender todo sobre la persona natural y jurídica . Ya tienes las fijas para empezar tu emprendimiento con el pie derecho y darle con todo. La mejor forma de comenzar es con Alegra. Prueba 15 días gratis de nuestro software contable.