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Costa Rica: Todo lo que debes saber sobre el nuevo plazo para la confirmación de comprobantes electrónicos


Anteriormente, el artículo 10 de la Resolución de Comprobantes Electrónicos de 2016 mencionaba que los comprobantes electrónicos de las transacciones comerciales realizadas entre “emisores-receptores electrónicos” o “receptores electrónicos no emisores” debían ser confirmados o rechazados (total o parcialmente) por parte del receptor del comprobante.

Según esta misma resolución, denominada Comprobantes Electrónicos, se establecía que los comprobantes emitidos de forma electrónica debían aceptarse o rechazarse por parte del receptor del comprobante, el cuál debía enviarlos a la Dirección General de Tributación para su respectiva validación, en un plazo no mayor a 8 días posteriores al envío del comprobante al receptor.

Sin embargo, a través de la Nueva Resolución de Comprobantes Electrónicos se hizo una modificación del artículo 10, con el fin de establecer un nuevo plazo de aceptación o rechazo para entregar los comprobantes electrónicos al Ministerio de Hacienda.

 

Conoce los nuevos plazos para aceptar o rechazar tus comprobantes electrónicos

La nueva resolución  indica que: “Para tales efectos, la confirmación o rechazo deberá ser enviada a la Dirección General de Tributación para su respectiva validación, en los primeros 8 días hábiles del mes siguiente al que se realizó la transacción u operación respectivas; en caso de ser rechazado se debe de proceder a realizar un nuevo mensaje de confirmación”.

Esto quiere decir que,  después de realizar la transacción,  para aceptar o rechazar los documentos se cuentan  con 8 días hábiles contados a partir del mes siguiente al que se facturó el gasto.

Sin embargo, es importante tener presente que si un gasto se produce durante los últimos días (28, 29, 30 o 31) de cualquier mes, el tiempo para la comprobación de los comprobantes electrónicos será menor. En este caso aplica la resolución anterior, que valida la factura en los primeros 8 días el mes siguiente.

Es importante tener en cuenta que presentar este mensaje de confirmación o rechazo es de carácter obligatorio para respaldar las compras realizadas, ya que inciden en las declaraciones tributarias autoliquidativas.

A través de este nuevo cambio se hace posible que los obligados tengan el tiempo necesario para cumplir con el proceso. Incluso,  facilita el trabajo para hacer una revisión detallada de todos los gastos del mes y enviarlos al Ministerio de Hacienda sin prisa alguna.

Si quieres aprender más sobre la recepción de comprobantes electrónicos, en este artículo te explicamos paso a paso cómo aceptar tus facturas de compra.

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