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Te mostramos cómo crear el reporte IT1 y declarar el ITBIS


Cuando la Dirección General de Impuesto Internos de República Dominicana creó el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) incluyó la obligación del reporte IT1. 

El ITBIS, explicado de forma sencilla, es un impuesto del tipo de valor agregado que grava el consumo de transferencia e importación de bienes y servicios industrializados nuevos o usados. Por su parte, el reporte IT1 es el formulario que se envía a la DGII como declaración jurada de este impuesto.

¿Estoy obligado a pagar ITBIS?

En un principio existen dos tipos de contribuyentes obligados por ley a declarar sobre el ITBIS:

  • Personas Físicas y Personas Jurídicas nacionales o extranjeras que lleven a cabo importaciones, transferencias o prestación de los servicios que grava el impuesto.
  • Empresas públicas y privadas que realicen o no actividades gravadas, y se encuentren obligadas a retener el ITBIS, mediante los servicios incluidos que son prestados por Personas Físicas. De igual forma, serán obligadas a pagar el ITBIS cuando paguen por prestaciones de servicios profesionales, o cuando alquilen bienes muebles a otras sociedades de forma lucrativa o no.

Así que, si entras en alguna de las opciones antes mencionadas, debes declarar el ITBIS de forma mensual.

Calcular este impuesto es bastante sencillo, sin embargo, debes tener en cuenta que en algunos casos el porcentaje varía debido a los cientos de productos exentos y a sus tipos de tasa. Además, algunas leyes permiten que bienes gravados sean facturados de forma exenta.

El ITBIS se divide en dos tipos de tasas:

  • Tasa del 18% que podría considerarse la tasa regular y se aplica a las transferencias gravadas o servicios prestados.
  • Tasa del 16% que es una tasa reducida para productos dentro de una clasificación específica, que puedes consultar en el artículo 343 del Código Tributario modificado por la Ley No. 253-12.

Entre los productos con tasa reducida están el cacao y el chocolate, los azúcares, la mantequilla y el yogur, entre otros, el detalle de esta información lo puedes validar en el instructivo de declaración de la DGII.

Al momento de calcular el ITBIS debes deducir de lo generado por transferencias y servicios prestados a los clientes, los importes de:

  • El ITBIS facturado por los proveedores al adquirir bienes y servicios gravados.
  • El ITBIS aplicado en las aduanas como resultado de la importación de los bienes establecidos.
  • Los pagos que se hayan efectuado a cuenta, que corresponden a las retenciones de ITBIS.

Con el fin de deducir los adelantos, los comprobantes fiscales deben poseer un Número de Comprobante Fiscal autorizado por la Dirección General de Impuestos Internos» o en su defecto, el ITBIS debe estar separado del precio, entre otros requisitos.

¿Cómo debo declarar y pagar el ITBIS?

La declaración y pago del impuesto debes hacerla, como máximo, el 20 de cada mes ya que se declara lo generado durante el mes anterior.

Al momento de declarar puedes hacerlo de la forma tradicional, de manera manual y escrita por medio de un considerable número de planillas que puedes descargar directamente desde el sitio web de la DGII. O puedes hacerlo con Alegra, generado de manera automática gracias a los valores que registres como compras y ventas en el sistema.

Respecto a los pagos, existen tres opciones:

    • Pagos en línea por internet: Popular, Banreservas, Citigroup, Scotiabank, Bancamerica, López de Haro, Santa Cruz, Promérica, Banesco, Lafise, BDI, BHD León, Asociación Popular de Ahorros y Préstamos.
    • Vía ventanilla: Popular, Banreservas, Citigroup, López de Haro, Santa Cruz, Promérica, Banesco, Lafise, Scotiabank, BDI, BHD León, Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, Asociación Nacional de Ahorros y Préstamos, Banco Empire, Banco Caribe, Banco Alaver, Bancamerica, Vimenca, Ademi.
  • Administraciones Locales:

Cuando el monto supera los RD$15,000.00, y se desea realizar el pago en una administración local, los fondos deben pagarse usando un cheque certificado o de administración a nombre del Colector de Impuestos Internos.

Pasos para generar el reporte IT1 con Alegra

Cuando tienes la administración de tu negocio en una plataforma como Alegra, generar los reportes para declarar tus impuestos es muy sencillo. Lo primero que debes hacer es generar los formularios 606 y 607. 

En el formulario 606 mostrarás mensualmente a la Dirección General de Impuestos Internos los costos y gastos de tu empresa. Mientras que en el formulario 607 detalla las ventas que realizaste.

Luego de este primer paso estarás listo para llenar tu formulario de IT-1 mensualmente. Para hacerlo de forma correcta debes seguir los siguientes pasos:

    1. Crea el reporte de transacciones en Alegra. Luego de haber enviado el 606 y 607, procederás a generar un resumen de transacciones en Alegra según el mes que deseas declarar el impuesto de ITBIS.
    2. Ingresa la información solicitada en el Anexo A y Renglón IT-1. Deberás colocar algunos datos que no vienen por defecto en el reporte de transacciones mensuales ingresados a través de Alegra.
  • Revisa y genera el reporte. Una vez que revises que todo esté en orden podrás exportar el reporte. Esto te permitirá ahorrar tiempo en tu presentación de IT-1 en la Oficina Virtual en la página de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
  • Inicia sesión en la Oficina Virtual de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Debes ingresar a través de la página principal de la DGII. Luego debes digitar tu usuario, cédula o RNC y clave asignada del negocio.
  • Ingresa a la declaración IT-1 y elige el periodo a declarar. En el menú izquierda donde dice “Declaración Interactiva” encontrarás la opción, posteriormente selecciona “IT-1 – Declaración del ITBIS / Anexos”. Luego vas a ingresar el mes y año a declarar. 
  • Completa y envía el Anexo A del Formulario IT-1 (ITA). En este punto colocarás los datos que fueron registrados en los formularios extraídos previamente con el  sistema de Alegra. Una vez completado quedará en el apartado de Anexos..
  • Llena y envía el Formulario IT-1: El procedimiento es similar al paso anterior. En este punto la mayoría de los datos estarán bloqueados y llenos con los datos que vienen del Anexo A. Los restantes podrás llenarlos fácilmente con el reporte extraído de Alegra. Una vez lleno solo deberás presionar “enviar formulario” ¡y listo!

El ITBIS es uno de los impuestos fundamentales del país y su cumplimiento es muy importante, sobre todo para los emprendedores. Por eso es que en Alegra nos preocupamos por ayudarte a cumplir de forma sencilla y efectiva, mientras cumples tus metas de negocio, ¡prueba nuestra plataforma!

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