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¡Ahora es el turno de emitir para el Grupo 4 de Nómina Electrónica! ✔️✔️


La Nómina Electrónica ya entró en vigencia para las tres primeras categorías del grupo de obligados (1,2 y 3). Ahora es el turno del Grupo 4 para realizar el proceso de emisión de Nómina ante la DIAN.

Si cumples con las características del Grupo 4 de Nómina Electrónica, no dejes de enterarte de todos los detalles para estar al día con la DIAN.

Conoce más, a continuación:

¿Qué es Nómina Electrónica?

La Nómina Electrónica es un documento en formato .XML, que resume la información mensual correspondiente al pago de la nómina de empleados de una empresa. Se debe emitir dentro de los 10 primeros días del mes y debe ser remitido a la DIAN para dar soporte del proceso de pago de nómina.

Dicho documento tiene el beneficio de ser presentado como soporte de costo y deducciones ante la DIAN en tus declaraciones tributarias. ✔️

Ahora bien, ¿quiénes forman parte del Grupo 4?

¡Como hemos mencionado, ahora viene el turno del Grupo 4! Este está conformado por empresas o personas naturales, que son facturadores electrónicos y que cuentan con una nómina de empleados que va de 1 a 10 empleados. Lo que quiere decir que mayormente este grupo está conformado por MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas). 

Por eso todos los emprendedores de Colombia deben estar ajustados a las exigencias de DIAN, para evitar cualquier tipo de sanciones.

Soy emprendedor, ¿cuándo me corresponde emitir la Nómina Electrónica?

La DIAN ha establecido en un calendario, las fechas para el proceso de habilitación y emisión de Nómina Electrónica. Mira a continuación la siguiente imagen donde están las fechas fijadas para el Grupo 4 de Nómina Electrónica:

*Mediante la Resolución No. 000028 del 28 de febrero de 2022, las empresas con 1 a 10 empleados pueden realizar la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, así: Los meses de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022, los diez primeros días hábiles del mes de mayo de 2022. Y los meses de marzo, abril y mayo de 2022 los diez primeros días hábiles del mes de junio de 2022.

¿Cuáles son los beneficios de emitir Nómina Electrónica?

No solo se trata de cumplir con una obligación fiscal, también se trata de que tu negocio obtenga y sepa aquellos beneficios que han sido fijados por la DIAN por la emisión de este documento.

Para los emprendedores existen diversos beneficios/ventajas por la emisión de Nómina Electrónica, te los presentamos a continuación:

  1. El pago de la Nómina Electrónica puede ser presentado como soporte de costos y deducciones en tus declaraciones tributarias.
  2. La digitalización del proceso te permite ahorrar papel y no tienes que almacenar la información, pues estará segura en la nube.
  3. Al contar con un software no te debes preocupar por los reportes; la aplicación los genera de manera automática.

¿Cuáles son las sanciones si no emites Nómina Electrónica?

La DIAN ha establecido diferentes sanciones para quienes no emitan la Nómina Electrónica durante el tiempo establecido en el calendario de habilitación. Conócelas, para que así tu empresa no incurra en ninguna de ellas:

Art. 651 del Estatuto Tributario

Según este artículo del Estatuto Tributario, existen dos modalidades a aplicar por el incumplimiento del suministro de la información solicitada:

  1. Se puede llegar a imponer una multa de hasta 15000 UVT para aquellos que no cumplan con la emisión. Para establecer el valor de esta sanción se tomará en cuenta:

a. Un cinco por ciento (5%) del total referente de las cuales no se suministró la información exigida.

b. Un cuatro por ciento (4%) del total respecto de las cuales se suministró en forma errónea.

c. Un tres por ciento (3%) del total respecto de las cuales se suministró de forma extemporánea.

d. Cuando no sea posible establecer la base para tasarla o la información no tuviere cuantía, del medio por ciento (0.5%) de los ingresos netos. Si no existieren ingresos, del medio por ciento (0.5%) del patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente al año inmediatamente anterior o última declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y patrimonio.

2. “El desconocimiento de los costos, rentas exentas, deducciones, descuentos, pasivos, impuestos descontables y retenciones, según el caso, cuando la información requerida se refiera a estos conceptos y de acuerdo con las normas vigentes, deba conservarse y mantenerse a disposición de la Administración Tributaria”.

¿Cómo puedo emitir mi Nómina Electrónica?

Afortunadamente, Alegra pone a tu disposición diferentes opciones para que puedas emitir tu Nómina Electrónica de manera segura y eficiente. De igual manera, contamos con una solución gratuita, que te permite emitir Nómina Electrónica hasta para dos empleados. 

Tenemos diferentes planes que se adaptan a ti y tu negocio. Elige el que mejor se adapte a tus necesidades: 😊

Ahora que sabes lo más relevante sobre este período de emisión para el grupo 4, no dejes de estar al día con tus obligaciones. Habilitarte y emitir tu Nómina Electrónica con Alegra es más fácil de lo que piensas. ✔️

Te invitamos a que aprendas el paso a paso para aprender a ser un experto de Nómina Electrónica: “Vuélvete un experto en habilitación y emisión de Nómina Electrónica con Alegra Academy¨.

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