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10 mitos de la facturación electrónica en Colombia


¿Falsos o verdaderos? Desmentiremos o confirmaremos varios mitos de la facturación electrónica en Colombia 🤔. ¡A ver cuántos logras adivinar!

Mitos de la facturación electrónica en Colombia (y algunas verdades) 😉 

1. En 2023 habrá sanciones para los negocios que no facturen electrónicamente en tiempo real. 

✅ Verdadero.

Durante 2020 se dio la implementación de la facturación electrónica en el país, para las personas (naturales o jurídicas) obligadas a este proceso. Actualmente, hay un plazo de dos meses para los nuevos sujetos que adquieran esta obligación.

Así mismo, a partir del 1 de enero de 2023 las personas naturales podrán pedir las facturas electrónicas en sus compras para solicitar una deducción del 1% sobre el impuesto de renta, con facturas de entes obligados.

Por lo anterior, quienes no facturen electrónicamente en tiempo real se expondrán a sanciones. ¡Prepárate y evita este estrés! 😨

2. La facturación electrónica es solo para contadores, no es para pymes y la habilitación es muy difícil. 

❌ No, no y no. 

¿De dónde salieron tantas mentiras? ¡Corta el drama! Y no, la facturación electrónica no es solo para contadores. 

Deben facturar electrónicamente las personas jurídicas que enajenen bienes o servicios y las personas naturales que enajenen bienes o servicios, con ingresos brutos mayores a 3.500 UVT o tengan establecimientos de comercio, sean usuarios de aduana o exploten intangibles. 

También personas naturales contratistas del Estado, con ingresos brutos mayores a 4.000 UVT, contribuyentes de Régimen Simple de Tributación.

¡Y habilitarse para facturar toma menos de seis clics! 

3. Las ventas en sistemas POS que superen las 5 UVT deberán generar factura electrónica en 2023. 

✅ Cierto. 

A partir de febrero de 2023 comenzará la implementación de la obligatoriedad de la factura electrónica, en sistemas POS, para ventas que superen las 5 UVT. Conoce el calendario de facturación electrónica en POS y ubica el grupo que te corresponde. 

👀 ¡Pero ojo aquí! A partir de 2024 comienza la obligatoriedad del POS electrónico, que elimina el límite de las 5 UVT, según la Resolución 000165 del 1 de noviembre de 2023. 👉 Toda la información aquí

🤔 ¿Existe una comunidad que comparte casos de éxito y resuelve mis dudas gratis? ✅ Cierto. 👉Únete a nuestra Comunidad Alegra POS y mantente #SiempreAlDía. 

4. Los sistemas de facturación electrónica son costosos y al emitir factura electrónica aumenta el precio de los productos. 

❌ Ni lo uno ni lo otro. 

La facturación electrónica no interfiere en los valores de los productos y servicios que se comercializan. 

Además, implementar un sistema de facturación no necesariamente es costoso, existen planes desde $16.900 mensuales. De acuerdo con la DIAN, con la factura electrónica pueden reducirse en un 60% los gastos en la facturación.

5. Si se comete un error en la facturación no se puede corregir ante la DIAN. 

❌ Falso.

¡Toma aire y relájate un poco! Si cometes alguna equivocación en tu facturación, puedes corregirla fácilmente por medio de las denominadas notas de crédito electrónicas. 

6. Cada que se vence una resolución de facturación debes suspender tu operación hasta tener una nueva para seguir facturando.

❌ No es así. 

¿Te imaginas que complicado? En realidad antes del vencimiento de tu resolución actual puedes solicitar la nueva, para así evitar suspender tus operaciones. 

 
 
 
 
 
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7. Solo se necesita el nombre (o razón social), identificación y correo para emitir facturas electrónicas. 

✅ Sí. 

Así de fácil. Y no, no necesitas la copia del RUT, solo el nombre o razón social, número de identificación (o NIT, dado el caso) y el correo de tus clientes para emitir la factura electrónica. 

8. La facturación electrónica es solo para expertos en sistemas. 

❌ Para nada. 

¿Sabías que puedes hacerlo desde el celular? Lo mejor es encontrar un sistema de facturación que te lo facilite todo.

Puedes emitir facturas desde tu computador, tablet o celular. Si tu sistema está en la nube, no requiere instalaciones costosas ni complicadas, puedes acceder desde cualquier lado con conexión y tu información está segura. 

9. Los sistemas contables son controlados por la DIAN.

❌ No necesariamente. 

La palabra control es imprecisa. Como tal, la DIAN se encarga de todos los aspectos relacionados a los derechos de aduana, impuestos y el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.  

Lo que sí es que tu sistema contable y de facturación electrónica sí debe estar autorizado por dicha entidad. 

10. Hay impuestos extras por facturar electrónicamente. 

❌ Incorrecto. 

No hay impuestos asociados a la factura electrónica. De hecho, implementar este proceso a tiempo puede salvarte de sanciones.

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