No importa si ya tienes una empresa consolidada o apenas comienzas a emprender, el Registro Único Tributario (RUT) es algo que sí o sí vas a necesitar. ¡Pero no te preocupes! Luego de leer esta nota serás un experto. ¿Empezamos? 🚀
Indice
El RUT o Registro Único Tributario es el sistema que utiliza la DIAN para identificar, ubicar y clasificar la función de las personas y entidades dentro del sistema tributario. Esto lo hace con base en su actividad económica, comercial, patrimonio, aportes y consumos.
Una vez generado el RUT, la DIAN asigna al usuario un Número de Identificación Tributaria conocido como NIT para identificar de manera individual a las personas o empresas.
¿Por qué esto importa? De esta manera se evitan errores de clasificación, se lleva un mejor control sobre la actividad económica y sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Con el RUT podrás avalar e identificar la actividad económica con quienes se sostiene una relación comercial, laboral o que implique algún tipo de transacción, ya sea un bien o servicio, por ejemplo:
Este documento lo suelen solicitar si trabajas como independiente, eres comerciante o necesitas pasar alguna cuenta de cobro por haber prestado servicios o vender los productos de tu marca.
Así se puede controlar y tener información hacia entidades supervisoras y de control. En el RUT también se puede identificar las obligaciones tributarias que se tienen con el Estado colombiano.
Por otro lado, la consulta del RUT le facilita a la DIAN el obtener información precisa, clara y actualizada sobre los sujetos inscriptos. A partir de estas bases de datos, esta entidad conoce a profundidad todas las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias para darles debido cumplimiento, facilitando los trámites y reduciendo los costos.
🚀Tip Alegra: en el RUT se debe indicar el código de actividad económica. Por ejemplo, si tú te dedicas a actividades de administración de empresas, tu código es el 7010.
Los contribuyentes deben inscribirse en el RUT previamente al inicio de cualquier actividad económica de acuerdo al parágrafo 2 del artículo 555-2 del estatuto tributario modificado por la ley 2155 de 2021.
Ten en cuenta que las personas naturales que en el correspondiente año gravable adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementario, tendrán plazo para inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) hasta la fecha de vencimiento prevista para presentar la respectiva declaración.
🚀Tip Alegra: si debes declarar por primera vez en el 2022, año en que deben presentar la declaración del 2021, tienes plazo para inscribirte o registrarte en el RUT hasta le fecha en que se vence la declaración del 2021, que ocurre en el segundo semestre del 2022.
Las personas que deben implementar el RUT son las siguientes:
El contribuyente que inicie actividades económicas sin haberse inscrito previamente en el RUT, puede ser sancionado conforme lo señala el artículo 658-3 del estatuto tributario. Las sanciones que puede acarrear son las siguientes:
🚀Tip Alegra: Si ya eres un usuario inscrito en el RUT y debes actualizarlo, te dejamos nuestra ayuda para que sea más sencillo el proceso.
En Alegra nos encanta que estés al día con la DIAN. Si quieres seguir conociendo sobre temas de relevancia, ¡no dejes de leer nuestro blog!
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