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El ABC de las obligaciones tributarias en República Dominicana según tu empresa


Una de las grandes responsabilidades al momento de constituir un negocio y emprender, es cumplir con las obligaciones tributarias que exige República Dominicana. Esto puede causar cierto temor por desconocimiento, sobre todo al momento de dar los primeros pasos como contribuyente. 

La buena noticia es que no necesitas ser un experto fiscal o conocer todos los tipos de tributos, basta con saber cuál es la actividad económica de tu empresa, para tener claro los impuestos que le corresponde reportar a la DGII. 

Por este motivo hemos preparado una guía acerca de las actividades económicas que generan obligaciones tributarias en República Dominicana para orientarte según tu tipo de empresa

¡Comencemos! 🚀✨

Entendiendo las obligaciones fiscales

Las obligaciones tributarias forman parte del vínculo jurídico entre el estado y los contribuyentes como personas o entidades obligadas al pago de los impuestos. De tal modo que al concretar una idea de negocio y constituir la empresa para llevar a cabo dichas actividades, se generan diferentes tipos de obligaciones tributarias de acuerdo a su rubro. 

Obligaciones tributarias según el tipo de empresa

Es muy común que existan obligaciones compartidas por todos los tipos de actividades, aunque unas son específicas del régimen de contribución o tipo de figura al que se encuentra afiliada la empresa (Persona Física o Jurídica). 

ACTIVIDADES GRAVADAS

IMPUESTO

PERSONA FÍSICA

PERSONA JURÍDICA

– Salario de trabajo en relación de dependencia.

– Oficio Laboral.

– Beneficio de ganancias financieras o inversiones en el exterior y de actividades comerciales.

– Aumento del patrimonio no justificado. 

– La renta, ingreso, utilidad y beneficio obtenido dentro de un periodo fiscal determinado.

– Cualquier ingreso que integre una utilidad que rinda una actividad y sus beneficios, utilidades que se perciban, y los incrementos del patrimonio no justificado por el contribuyente.

Impuesto Sobre la Renta (ISR)

– Los negocios de Único Dueño deberán pagar dicho tributo sobre el valor total de sus activos, tomando en cuenta los inmuebles que están incluidos en el balance general, y los activos fijos netos por entidades de intermediación financiera, entre otras.

– Las personas jurídicas, que tengan operaciones o no, deberán pagar dicho tributo sobre el valor total de sus activos, tomando en cuenta los inmuebles que están incluidos en el balance general, y los activos fijos netos por entidades de intermediación financiera, entre otras.

Impuesto sobre los Activos

-La transferencia e importación de bienes industrializados.

-La prestación y alquiler de servicios.

Impuesto Sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS)

-Los pagos o acreditación en cuentas de rentas gravadas de fuentes dominicanas a Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.

Retenciones del Impuesto Sobre la Renta

-La transferencia de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, además de su importación, servicios de telecomunicaciones, de seguros y pagos por medio de cheques.

Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

 

– Cualquier transferencia de bienes muebles o inmuebles por muerte o donación.

Sucesiones y Donaciones

– Viviendas, locales comerciales y solares urbanos no edificados que sean propiedad de Personas Físicas y negocios de Único Dueño sin contabilidad organizada. 

Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no 

Edificados (IPI)

Ahora bien, sabemos que las obligaciones del ISR y el Impuesto sobre los Activos se producen de forma automática con la inscripción al RNC, aunque la historia es diferente con el resto de los impuestos. Y es que con ellos la obligación se genera luego de presentar la primera declaración. 

Infracciones y sanciones tributarias: cuáles son y por qué se exponen

Pasar por alto las obligaciones tributarias en República Dominicana puede incurrir en sanciones innecesarias que no son nada favorables para la empresa. Así de importante es tener claras las fechas de presentación y pago correspondiente a cada tributo, considerando los plazos para realizar los aportes. Impuestos Internos pone a disposición de los contribuyentes un calendario tributario, accede a él ¡aquí!

Es por esto que con la meta de fortalecer la recaudación y evitar cualquier tipo de evasión, la DGII establece diferentes sanciones para las infracciones que se pueden presentar. Ellas cuentan con distintos grados que varían dependiendo de la gravedad del caso, aquí encontrarás 4 de las más comunes:

FALTAS Y DELITOS

SANCIÓN

Evasión Tributaria

Multa de hasta 2 veces el monto del tributo omitido, además de la sanción aplicable por mora, el interés indemnizatorio y clausura. En caso de que no sea posible determinar el monto evadido, la multa se fijará entre 10 y 50 salarios mínimos.

Mora 

Recargo del 10% por el primer mes o fracción de mes, y 4% gradual e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente. Así como 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes de deuda.

Defraudación Tributaria

o Fiscal

– Multa de 2 a 10 veces el monto del tributo defraudado, sin excepción de las penas de encarcelamiento que puedan aplicarse. 

– Prisión de 6 días a 2 años.

– Anulación de licencias, permisos e inscripción en registros públicos.

– Entre otras.

Elaboración y Comercio

Clandestino de Productos

Sujetos a Impuestos

– Multa de 20 a 200 salarios mínimos.– Prisión de 6 días a 2 años, o ambas penas a la vez.

– Confiscación de los bienes materiales utilizados para cometerla.

– Entre otras.

Por qué cumplir con las obligaciones tributarias en República Dominicana es la mejor opción

Si bien es cierto que en primera instancia el pago de impuestos se ve como una actividad obligatoria para los contribuyentes, también hay que reconocer que al hacerlo las empresas son atribuidas con múltiples beneficios directos. No importa si eres una mipyme o un Gran Contribuyente, podrás disfrutar de ellos. Entre los beneficios se encuentran:

  1. Ser tomado en cuenta para créditos y financiamientos: estar al día con tus obligaciones se traduce a que eres una empresa responsable y una perfecta candidata para poder solicitar cualquier tipo de financiación, ya sea por parte de organizaciones gubernamentales y privadas. 
  2. Acceder a más y mejores clientes: estar inscrito en el RNC como una empresa, otorga la posibilidad de emitir comprobantes fiscales electrónicos que te ayudarán a llegar a nuevos y mejores clientes. Asimismo, esto aporta más confianza a tus proveedores. 
  3. Solicitar deducción y reembolso de tributos: tener la contabilidad organizada y realizar declaraciones tributarias permite detectar cualquier tipo de saldo a favor o realizar deducciones que disminuyen la tarifa total de algunos tributos. En muchos casos estos montos otorgan la posibilidad de utilizarlos para pagar deudas de otros impuestos o períodos, y hasta obtener su reembolso, tal como sucede con el ITBIS, ISR, entre otros.

Ahora que ya tienes una idea acerca de los tipos de obligaciones tributarias en República Dominicana y las actividades económicas que generan responsabilidades para los tributos, podrás simplificar el cumplimiento de los impuestos de forma efectiva. Recuerda que si deseas tener una guía más completa, la primera guía tributaria de República Dominicana te ayudará a disminuir tus preocupaciones fiscales al contar con información organizada y fácil de entender, y accesible en un mismo lugar. 🚀✨

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