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Requisitos para quienes aún facturan con equipos fiscales – Panamá


El 30 de enero de 2020 la DGI publicó el Decreto Ejecutivo 114, donde estableció las normas para el control de los equipos fiscales de Panamá y la emisión de comprobantes fiscales y otros documentos. ¡Sigue leyendo!  Entérate todo lo que necesitas saber sobre esta resolución.

Primero, ¿quiénes deben cumplir las normas del Decreto 114?

De acuerdo a la Sección I – Artículo 1, debe cumplir con esta resolución toda persona natural y jurídica que esté obligada a adoptar y utilizar Equipos Fiscales para documentar sus operaciones de transferencia, venta de bienes y prestación de servicios mediante la expedición de factura o documento equivalente

¿Cuáles son los deberes de los usuarios con equipos fiscales?

Teniendo en cuenta lo expuesto en la Sección VII – Artículo 26, los usuarios que utilicen equipos fiscales deberán cumplir con algunas obligaciones, como:

  • Informar a su distribuidor o centro de servicio técnico la desincorporación de cualquier equipo fiscal, sea por desuso, sustitución, agotamiento de las memorias o cualquier otra circunstancia.
  • Contratar  exclusivamente los servicios de reparación o mantenimiento con fabricantes, representantes o centros técnicos autorizados.
  • Conservar en el local el Libro de Control de Reparación y Mantenimiento.
  • Emitir los reportes de Memoria Fiscal.
  • Modificar los porcentajes impositivos cuando se produzcan reformas legales de las mismas, siguiendo las condiciones del Manual de Usuario del Equipo.
  • Contar con Internet que permita la correcta operación del Dispositivo de Comunicación del Equipo Fiscal. De igual forma, toda falla que se pueda presentar con la conectividad a Internet, deberá atenderse en un plazo máximo de 7 días.

Así mismo, se estipulan otras obligaciones:

  • Los usuarios no podrán utilizar un medio distinto para emitir comprobantes fiscales, salvo a las disposiciones particulares de la Dirección General de Ingreso.
  • Los tiempos de reparación de los equipos fiscales no deben ser mayores a 15 días. Si llega a vencerse este plazo, se considerará que el equipo es imposible de reparar y los usuarios deberán invertir en uno nuevo

¿Te parece que son muchas obligaciones? 😱 No te preocupes, tenemos una buena noticia para ti. Recientemente se dio a conocer el Decreto 115, en donde se deja abierta la posibilidad de que puedas cambiarte voluntariamente a la Facturación Electrónica y dejes atrás el uso de equipos fiscales en Panamá.

¿Aún no sabes la diferencia entre ambos modelos de facturación? En este artículo te contamos todas 👉 Panamá: ¿Impresoras Fiscales o Facturación Electrónica? 

Requisitos que deben cumplir tus comprobantes fiscales

Si aún facturas a través de equipos fiscales o estás pensando en hacerlo, entonces no solo tendrás que cumplir con las obligaciones anteriores, sino que tus facturas fiscales también deberán contemplar como mínimo los siguientes requisitos:

  • Contener la denominación FACTURA (o la que corresponda según el tipo de comprobante fiscal).
  • Numeración consecutiva y única.
  • Numeración de registro del Equipo Fiscal.
  • Nombre y apellido (o razón social), domicilio y número de RUC del emisor.
  • Fecha de emisión.
  • Descripción de la venta (cantidad y monto).
  • Desglose de I.T.B.M.S, I.S.C y cualquier otro impuesto de retención que afecte la transacción.
  • Especificación del monto total de los impuestos que apliquen, así como el porcentaje aplicable y el detalle de los montos exentos.
  • Valor total de la venta o prestación de servicios.
  • Descripción por cualquier descuento, bono, remuneración o ajuste que afecte el precio de los productos o servicios.
  • Código OCR correspondiente a la transacción.

Impresora fiscal vs Facturación Electrónica

Si aún no estás 100% convencido de cambiarte a la facturación electrónica, lo volverás a pensar luego de leer las diferencias entre la impresora fiscal vs facturación electrónica👇.

Impresoras Fiscales

Facturación Electrónica

Las adquieres una única vez, pero su costo puede ser altísimo. Va desde los 780 dólares hasta los 4000 dólares. Se trata de un servicio semestral que se adapta a las necesidades de cada empresa. Su precio va desde los 25 hasta los 85 dólares.
Requieren de cierres Z. No requiere de cierres Z.
No son compatibles con cualquier dispositivo. Funciona desde cualquier equipo, incluso celulares.
Las impresiones se realizan únicamente en formato tirilla y tamaño carta. Puedes imprimir en cualquier tipo de formato. Además, te permite enviar tus facturas en formato PDF por correo electrónico.
Requieren de costos técnicos. No representa ningún costo técnico.
Debes contar siempre con un Libro de Control de Reparación y Mantenimiento. No necesitas ningún Libre de Control de Reparación y Mantenimiento.
Su memoria se agota y debes sustituirla. Puedes descargar tus comprobantes, enviarlos por correo electrónico y almacenarlos en la nube.
Pueden generar contratiempos debido a los problemas técnicos. En muchas ocasiones se pueden averiar y demoran hasta 15 días en repararse.  No cuentan con problemas técnicos. Puedes emitir y revisar tus facturas desde cualquier dispositivos con acceso a Internet. 

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¿Cómo dar de baja a una impresora fiscal?

¡Estás dando el primer paso a la facturación electrónica! Si decidiste darle de baja a tu impresora fiscal, asegúrate de llevar a cabo los siguientes pasos:

  1. Notifícalo por escrito al distribuidor autorizado. De este modo, el centro de servicio autorizado podrá comunicarse con el fabricante y posteriormente con la DGI.
  2. Esta notificación deberá estar dirigida “a quien pueda interesar” y tiene que contener los siguientes datos:
  • Razón social.
  • Número de RUC.
  • Número de serie, modelo y marca del equipo firmadas por el representante legal de la empresa.
  1. Una vez con la notificación y la impresora fiscal, deberás dirigirte al centro de servicio autorizado y dejar el equipo.

¡Ahora es momento de migrar de los obsoletos equipos fiscales de Panamá a la facturación electrónica! Sigue estos pasos: 

  1. Regístrate en el SFEP a través del sistema e-tax 2.0
  2. Selecciona el tipo de servicio que usarás, estos pueden ser: Proveedor de Autorización Calificado (PAC) o facturador gratuito.
  3. Luego, asegúrate de tener actualizados los datos como: 
  • Razón social.
  • Nombre comercial.
  • RUC.
  • DV.
  • Número aviso de operación.
  • Fecha de inicio de operaciones.
  • Actividad económica y ocupación.
  • Número de sucursales.
  • Cantidad de equipos fiscales.
  • Promedio de facturas que se emiten por mes.
  1. Si cumples con el paso anterior, debes especificar el tipo de negocio. Este puede ser: venta de negocios entre empresas, venta al consumidor final o ambos.
  2. Tener el número de Resolución de excepción de uso del equipo fiscal.
  3. Por último, deben contar con la documentación de soporte, como:

📝 #DatoAlegre: En caso de que no cuentes con la excepción de uso de equipo fiscal puedes usar una nota formada por el representante legal solicitando dicha excepción.

En nuestro Centro de ayuda podrás conocer más detalles para solicitar la adopción voluntaria de la facturación electrónica a la DGI.

¡Ya conoces los requisitos para quienes aún facturan con equipos fiscales en Panamá! Pero antes, ¿sabías que más de 10.000 empresas en el mundo están usando nuestro software de facturación electrónica en la nube? ¡Ahora es tu turno! Deja atrás el uso de equipos fiscales y crea una cuenta en Alegra Panamá😉.

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Comentarios

  1. Avatar
    Bryan Caballero

    Hola, una pregunta.

    Puede un establecimiento cobrar por entregar factura?

    Como si quisiera comprar x cosa en x lugar… Por el producto me cobran cierta cantidad, pero al pedir factura cobran extra. Es eso legal?

    1. Avatar

      ¡Hola, Bryan!

      En casi todos los países el hecho imponible causado por una venta debe ser respaldado por una factura de venta, ya sea física, electrónica, tiquete de punto de venta o cualquier otro instrumento definido en el país para soportar las operaciones. Este hecho debería ser informado a las administraciones de tributación pertinentes en el país.

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